Alcalá la Real, 12 de septiembre 2022
REUNIDOS
De una parte D. Antonio Marino Aguilera Pen?alver en calidad de alcalde del Ayuntamiento de Alcala? la Real, CIF P23000200I. Y, de otra parte, D. Juan de Dios Serrano Sánchez, en calidad de presidente de la Unión de Empresarios de Alcala? (en adelante Dealcala?), con CIF G23806417, en uso de las atribuciones que le confiere dicho cargo.
Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para celebrar este Convenio de Colaboración por el que acuerdan las bases que regirán el funcionamiento del programa Cheques Consumo 2022 de Alcalá la Real.
PRIMERA – Objeto y Finalidad del Convenio.
El objeto del programa denominado “CHEQUES CONSUMO ALCALA LA REAL 2022” es potenciar la dinamización del sector comercial del municipio de Alcala? la Real, incentivando la compra en el comercio de cercanía y premiando la fidelidad de los clientes que consumen en los establecimientos locales.
Así pues, el Ayuntamiento de Alcalá la Real, continúa con los objetivos estratégicos de la campaña realizada en el año 2021, motivada por la caída del consumo en el comercio local consecuencia de los efectos derivados de la crisis del COVID. Estos objetivos son:
• Promoción del comercio y servicios locales.
• Estimulación del consumo de la población local en nuestros establecimientos
• Fidelizar a los clientes del comercio local con un sistema de regalo monetario en
efectivo para comprar en establecimientos locales.
La campaña en esta edición pone a disposición de los usuarios del comercio local, cheques de consumo, que solo pueden obtenerse acreditando una compra superior a 20€ en cualquiera de los establecimientos comerciales del municipio que se adhieran a la campaña y que no estén en la lista de los sectores excluidos que se indican en la cláusula novena de este documento.
El periodo temporal de la campaña será desde el día 1 de octubre y finalizara? cuando se agote el presupuesto destinado a ella y/o se cumplan 3 meses desde su comienzo (lo que antes ocurra). La fecha de canje de los cheques será en cualquier caso hasta el 31 de Diciembre del 2022.
El Ayuntamiento pone a disposición de la campan?a 65.000€, consignados en el presupuesto Municipal 2022, en la partida 43347000. De esta cantidad 10.000 € son los destinados a los gastos de organización y promoción y 55.000€ los destinos a los cheques, que se harán efectivos mediante una única fracción en fracciones de 10€ lo que supone un total de 5500 cheques.
La campaña para su funcionamiento cuenta con la colaboración de la asociación Unión de Empresarios de Alcalá la Real, en adelante Dealcalá, que será la encargada de las acciones de implementación y promoción y a la que corresponde la justificación en tiempo y forma de los gastos derivados de la misma, así como de las transferencias realizadas a los establecimientos comerciales beneficiarios de los cheques.
Es por ello que se firma este convenio de colaboración entre las partes afectadas, el Ayuntamiento de Alcalá la Real, como promotor y patrocinador del programa y la asociación como intermediaria y ejecutora del mismo.
SEGUNDA- Requisitos de adhesión de los establecimientos comerciales
Ser un establecimiento de comercio minorista cuyo domicilio social o fiscal se encuentre en Alcala? la Real, que a través del proceso de adhesión formalice su participación a través de la página web.
Será admitido en todo caso si pertenece a la asociación Unión de empresarios de Alcalá y no forma parte de los sectores excluidos.
La adhesión del comercio o servicio a la campaña exige su implicación en el desarrollo de la misma facilitando la obtención de los cheques a los usuarios del comercio, así como su canje. Y respetando las normas de funcionamiento de la misma establecidas en estas bases.
Para ello cada establecimiento firmara? el compromiso de adhesión aceptando las normas y exhibirá públicamente la publicidad de la campaña en su establecimiento.
Los establecimientos y servicios comerciales susceptibles de participar en la campaña recibirán individual y colectivamente sesiones de información por parte de la unión de empresarios de Alcala? la Real, al objeto de conocer el funcionamiento de la campaña y dispondrán de un periodo de adhesión del 15 de septiembre al 31 de septiembre.
Los interesados en el programa tendrán que inscribirse en un formulario previamente habilitado en la página web https://chequesconsumoalcala.com/alta_comercios en el que crearán un usuario contraseña, para tras el proceso de validación del usuario detallar los datos del establecimiento beneficiario, que serán los siguientes:
• Nombre y apellidos del titular y datos de contacto (teléfono, email).
• DNI
• Nombre comercial
• Razón social y CIF
• Dirección del establecimiento.
• Datos bancarios donde la Unión de Empresarios de Alcala? ingresara? los bonos
comerciales.
• Declaración responsable del cumplimiento de requisitos del programa.
Una vez introducidos los datos, la autoridad competente verificara? la idoneidad del establecimiento para la participación en la iniciativa, contrastando estos datos con su censo empresarial y en caso de cumplimiento de dichos requisitos se aceptara? al establecimiento, al cual le llegara? un correo electrónico de aceptación de la solicitud. En caso de rechazo igualmente se comunicará la causa rechazo. El listado de establecimientos adheridos estará ? expuesto en la página web de la iniciativa.
En caso de renunciar a la participación, los establecimientos adheridos deberán manifestarlo en el formulario disponible en la web con su firma.
El establecimiento nunca podra? canjear un cheque por dinero al consumidor. En caso de devolución de un producto y no consumir de nuevo en un producto nuevo no se devolverá ningún importe, el cliente perdería dicho cheque.
Los requisitos técnicos indispensables para la adhesión a la iniciativa por parte de los establecimientos participantes es la posesión de un teléfono móvil con conexión 4G u ordenador conectado a la red Wifi o internet, ya que todo el proceso de canje es online y en el mismo instante que la venta.
Que tenga la consideración de autónomo, microempresa o pequeña y mediana empresa (PYME), es decir, que ocupe a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda los 43 millones de euros.
Los establecimientos participantes en el programa tendrán que inscribirse en un formulario previamente habilitado en el que detallaran sus datos y aportaran la documentación requerida:
? Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
• Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la
Seguridad Social
? Certificado del alta en el IAE o modelo 036 que permita comprobar la actividad de comercio minorista de la pyme así? como la sede social de la empresa.
Cada establecimiento adherido podrá recibir en canjes un máximo de 1500€.
TERCERA. Requisitos de los participantes.
Podra?? participar en la campaña cualquier persona mayor de 16 años y su participación implica la aceptación de estas bases (y su mejor interpretación por parte de la organización).
Cada usuario obtendra? un ma?ximo de 1 cheques consumo de 10€ por una compra superior a 20€. El ma?ximo de cheques consumo que puede obtener es 5 cheques.
CUARTA – Procedimiento de obtención del CHEQUE CONSUMO:
Los cheques consumo se obtienen:
a) De forma no line, para ello será necesario registrarse como usuario en la página web https://chequesconsumoalcala.es .
La plataforma emitirá 100 unidades al día (pudiendo ser modificado esta cifra previa comunicación pertinente) y limitada a una unidad por usuario / IP.
El usuario debe de indicar o llevar su DNI, y aportar sus datos de correo electrónico, y/ o móvil a través de la página de solicitud (o en la oficina exclusiva para mayores de 65 años). Enviando en la solicitud una foto del ticket de compra válido superior a 20€ de alguno de los establecimientos adheridos.
Aceptará o firmará un documento de autorización sobre la protección de datos, y finalizado la solicitud, esta después de ser verificada, el usuario recibira? por correo una clave para entrar en su espacio privado donde aparecerá el cheque consumo solicitado que vendrá con un código o número identificativo que le habilita para poder ser canjeado en los establecimientos adheridos.
Sólo se permite la obtención de 1 cheque por día/DNI.
Una vez en la tienda donde va a realizar su canje dará al comercio su DNI Para solicitar más cheques desde esa misma zona privada el usuario presentará en el establecimiento su DNI, el vendedor lo introducirá en el programa y en el programa aparecerán todos los cheques disponibles por parte de cada usuario. Se procederá al canje del cheque o cheques y se finalizará la operación.
b) De forma presencial:
b.1) En los establecimientos adheridos.
En horario comercial y limitada a 10 solicitudes por día de diferentes clientes. (pudiendo ser modificado esta cifra previa comunicación pertinente).
La organización declina toda responsabilidad ante un cheque recogido que no cumpla con esas condiciones
b.2) En el centro social Hogar del pensionista de Alcalá la Real para personas mayores de 65 años, mediante un servicio de atención personalizada con cita previa.
Un día semanal por determinar, en las fechas de firma del convenio. Estas solicitudes dispondrán inicialmente de 500 cheques para esta opción, hasta agotar existencias, que podrán ser ampliados en función de la disponibilidad y demanda.
QUINTA. Datos generales de la campaña.
El importe de compra pagado con el cheque debe de ser mínimo el doble del importe de ese cheque a canjear. Es decir, un cheque sirve para pagar el 50% del importe de factura realizada, con estos supuestos:
• 1 cheque de 10 se puede canjear en una compra mínima de 20€.
• 2 cheques de 10 se pueden canjear en una compra mínima de 40€,
• 3 cheques 10 se puede canjear en una compra mínima de 60€,
• 4 cheques de 10 se pueden canjear en una compra mínima de 80€
• y 5 cheques de 10 se puede canjear en una compra mínima de 100€
*Se puede usar uno o más cheques en la misma compra, pero siempre que se cumpla la norma anterior, valor doble de la compra.
SEXTA – Consentimiento Expreso para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento (EU) 2016/679 de protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos que el cliente nos facilita tanto en las inscripciones, como para el canje de los tickets de compra por cheques y facturas emitidas serán incorporados al sistema de tratamiento titularidad de la Unión de Empresarios de Alcala? con CIF -G23806417 y sede social en -C/Pradillo,4 Alcala? la Real como entidad colaboradora en la implementación del programa a través del convenio de colaboración firmado para dicha finalidad.
Los datos serán tratados con la finalidad de poder adjudicar los agraciados y realizar los pagos. Los datos serán conservados durante el plazo estrictamente necesario y serán destruidos cuando haya transcurrido el proceso de realización y justificación de la campaña.
Se procedera? a tratar los datos de manera licita, leal, transparente, adecuada, pertinente, limitada, exacta y actualizada. Mediante la inscripción y/o participación el cliente da su consentimiento expreso para el tratamiento de sus datos con la finalidad mencionada.
SEPTIMA. Fases de la Campaña y atención al público
Adhesión de participantes: para la adhesión de los comercios y servicios a la iniciativa se establecera? un plazo de 14 días naturales, a partir del 15 de septiembre. Los establecimientos podrán incorporarse durante todo el periodo de funcionamiento de la campaña, y sera? efectiva su participación una vez validados todos los tramites.
El plazo inicial para el proceso de adhesiones 15 de septiembre al 31 de septiembre de 2022.
La fase de obtención del cheque consumo y su utilización, sera? el periodo comprendido entre el 1 de octubre al 31 de diciembre del 2022
La obtención presencial para mayores de 65 años en la oficina habilitada en el centro social Club del pensionista en horario de mañana de 10h30 h. a 13h.30m. Dia por determinar.
El funcionamiento de la oficina estara? ajustado a la disponibilidad de cheques y finalizara? cuando se agote el reparto de los mismos previsto para la campaña.
En caso de que a la fecha de finalización de la campaña no se hayan agotado los cheques consumo se podrá acordar su prorroga, con la autorización del Ayuntamiento de Alcala? la Real y previo debate en el seno de la comisión de seguimiento.
Se establece un sistema de información telefónica de la campaña en el mismo horario de la oficina de atención al público, y en un número habilitado para ello 623 234252
OCTAVA. Liquidaciones de los bonos comerciales.
El establecimiento o servicio adherido podrán en todo momento informarse a través de la plataforma del número de cheques que han sido canjeados en su establecimiento en tiempo real.
El establecimiento deberá guardar y custodiar para su posterior entrega a la Unión de Empresarios de Alcala? todos los tiques/facturas simplificadas / facturas de compra de las operaciones en que se hayan utilizado cheques consumo.
La Unión de empresarios de Alcala? avisara? del periodo de liquidación y la fecha límite de entrega de los tickets/facturas para su comprobación y pago.
La entrega de los tickets y facturas a la Unión de Empresarios de Alcala? para poder realizar la transferencia bancaria se realizara? en formato digital, según procedimiento descrito en la plataforma de la web.
La Unión de Empresarios de Alcala? verificara? la correcta recepción de los tickets para su posterior pago. -Independientemente del envío digital de los tickets, el comercio, deberá custodiar los mismos para su comprobación en caso de ser auditados.
Si algún comercio no envía sus tiques en el plazo acordado, podrá enviarlos en remesas posteriores con el permiso de la Unión de Empresarios de Alcalá. Una vez finalizada la campaña, aquellos comercios que no hayan entregado sus tiques, no podrán cobrar los mismos.
La Unión de Empresarios de Alcala? verificara? que los cheques canjeados estén asociados a los tiques de compra y sean correctos a través de la plataforma. El proceso de canje de cheques estará sometido a auditoría, de forma que, para su liquidación al establecimiento, la Unión de
Empresarios de Alcala? podra? comprobar la veracidad de estos y podrá estudiar la trazabilidad del bono y consultar con el usuario su adquisición y canje en el establecimiento correspondiente.
La liquidación de los bonos a los establecimientos se realizara? cada 30 días, a través de transferencia bancaria, al número de cuenta que el comercio haya facilitado en el proceso de inscripción, siempre y cuando el establecimiento aporte los tique, facturas simplificadas o facturas de compra asociadas a los bonos canjeados tal y como se ha detallado anteriormente.
Todos los establecimientos estarán sujetos a la posibilidad de ser auditados.
NOVENA. Sectores excluidos.
Agrupación 68 Hospedaje.
Grupo 671 al 674 de Restauración y Bares.
Grupo 646. Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador.
Grupo 652. Epígrafe 652.1 comercio al por menor de medicamentos y de productos farmacéuticos.
Grupo 654. Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de
maquinaria, accesorios y piezas de recambio.
Grupo 655. Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.
Grupo 659 epígrafe 659.6 comercio al por menor armas, cartuchería.
Grupo 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia,
mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).
Grupo o 664. Comercio en régimen de expositores en depósitos y mediante aparatos automáticos.
Grupo 665. Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos Diversos.
Grupo 755. Agencias de viaje.
Grupo 756: actividades auxiliares y complementarias del transporte (intermediarios del transporte).
Agrupación 82. Seguros
Grupo 832. Médicos especialistas (excluidos estomatólogos y odontólogos).
Página 4. 6361/2022.
Grupo 833. Estomatólogos.
Grupo 834. Odontólogos.
Profesionales relacionados con loterías, apuestas y demás juegos de suerte, envite y azar
Agrupación 87. Tómbolas, espectáculos y juegos, así como comercio al por menor y servicios de
restauración, propios de ferias y verbenas, organización y celebración de apuestas deportivas,
loterías y otros juegos
Grupo 982
Máquinas recreativas y de azar
Epígrafe 969.4
Fabricación de juegos, juguetes y artículos de deporte
Grupo 494
Fabricación de juegos, juguetes y artículos de puericultura
Epígrafe 494.1
Juegos de billar, ping-pong, bolos y otros
Epígrafe 969.5
Organización y celebración de Apuestas Deportivas, Loterías y otros juegos
Epígrafe 982.5
Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, incluidos en la red
comercial del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado (excluidos los clasificados en
el grupo 855)
Grupo 871
Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, pertenecientes a otros
Organismos distintos del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado
Grupo 872
Expendedores no oficiales autorizados para la recepción de apuestas deportivas, de otros
juegos y de loterías diversas
EL ALCALDE
Antonio Marino Aguilera Peñalver
EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACION
DE EMPRESARIOS DE ALCALA LA REAL
Juan de Dios Serrano Sánchez
Fecha 29/09/2022
Noticia de interés.
Tras la reunión de hoy la cláusula segunda del Convenio para la puesta en Marcha de la Campaña Cheques Consumo de Alcalá la Real 2022 queda modificada así :
“Ser una empresa con establecimiento abierto al público en Alcalá la Real y que formalice su adhesión a la campaña a través de la web”
Fecha 29-09/2022
Incorporación a las bases de estas normas y/o deberes por parte de usuarios y establecimientos adheridos.
– Prohibido trocear tickets si el fin es conseguir cheques de una misma compra. Si el cliente lo solicitara, aún diciendo el motivo, se le debe de informar que esa práctica está prohibida y vigilada acarreando suspensión de la cuenta del cliente y pérdida de cheques.
-una vez realizado el canje, el ticket generado no puede ser utilizado para conseguir un nuevo cheque, para ello se decidió “firmar” el ticket con la palabra CANJEADO encima para inhabilitarlo.
-compromiso claro de todos de no canjear ningún cheque sin la presencia de la persona con su DNI.
-está totalmente prohibido el uso de un mismo ticket de compra para conseguir cheques, práctica que se vigilará y acarreará la suspensión de la cuenta del usuario y la perdida de sus cheques.